-
Temas
-
Productos
-
¿Qué es el buró de crédito?
-
Servicios
- Impuestos Pago ISSSTE
- Banca en línea
- Línea Bancomer
- Aclaraciones
- Alertas Bancomer
- Cajeros Automáticos
- Retiro sin Tarjeta
- Bancomer Móvil
- Wallet
- Send
- Multipagos
- Línea Bancomer
- Domiciliación de Pagos
- Practicajas
- Cheque en Línea
- Caja BBVA Bancomer Express
- Domiciliación en Línea
- Bancomer Seguros S.O.S.
- App BBVA
-
Landings
- Compra-venta de dólares
- Cámbiate a Nómina Bancomer
- Conduce Seguro
- Cambio de nómina en Bancomer móvil
- Quiero cambiar mi nomina
- Reconocimiento facial
- Contenidos del Hogar
- Cambio de nomina
- Cambia tu Nomina
- Bancomer Trader
- Retiro sin tarjeta
- Seguro para motos
- Incremento de línea de credito
- Link Card
- Contactless
- Cuenta Digital
-
Crédito Hipotecario
-
¿A partir de que día puedo pagar la mensualidad de mi crédito hipotecario?Se recomienda realizar el pago a partir del día 10 de cada mes, y la fecha límite de pago es el último día hábil de ese mes.
-
¿Cuál es la fecha límite de pago?El último día hábil del mes correspondiente (los días sábado y domingo no son días hábiles) sin embargo, es conveniente que programes tus pagos mediante domiciliación, o bien, pagando antes del vencimiento.
-
¿Qué pasa si no pago mi mensualidad completa y a tiempo (último día hábil del mes)?
No estar al corriente con tus pagos te traerá algunas desventajas que afectarán tu economía, historial crediticio y la seguridad de tu patrimonio:
- Gastos de Cobranza.
- Quedarán desactivados tus seguros de vida e invalidez total y/o permanente, Desempleo (si eres asalariado) y Daños materiales y de Contenido.
- Afectarás tu historial crediticio con nosotros y otras entidades financieras, ya que BBVA Bancomer notificará al Buró Nacional de Crédito la inconsistencia en tus pagos.
-
¿Cómo puedo realizar mi pago?
- Directamente en la ventanilla de cualquier sucursal Bancomer, con tu número de Crédito Hipotecario.
- Mediante la domiciliación de pagos.
- Por medio de Internet, cajeros automáticos o a través del número 1102 0015 agregando (0155) desde el interior de la república sin costo de larga distancia (55) desde celular.
- Pago en efectivo sin necesidad de aperturar una cuenta a través de las PractiCajas ubicadas en las Sucursales Bancomer.
-
¿Cómo realizo el trámite para que carguen la mensualidad del crédito hipotecario a mi cuenta?
En qué consiste:
Es la domiciliación de una cuenta para el cobro de la mensualidad de forma automática. El cobro automático se realiza el día último hábil de cada mes, no se pueden domiciliar tarjetas de crédito o cuentas de inversión a plazo. También es posible domiciliar cuentas de otras Instituciones Financieras.
Requisitos:
Autorización del titular de la cuenta que debe contener el número de la cuenta a domiciliar, una identificación oficial con fotografía y firma del titular. El cliente deberá tener saldo suficiente en el día que se efectúa el cargo (último día hábil del mes). Las comisiones de la cuenta se aplican con en base a los términos estipulados en el contrato de la cuenta.
-
¿Dónde se tramita?Deberás descargar, llenar y firmar el formato de Solicitud de Domiciliación y acudir con una copia de tu identificación oficial a cualquier sucursal BBVA Bancomer, donde un ejecutivo recibirá y procesará tu solicitud.
-
¿Cómo pago mi crédito si resido en el extranjero?
Si resides en el extranjero, estas son las opciones de pago para tu crédito "Tu Opción en México":
Vincula el pago de tu mensualidad a tu cuenta Bancomer*, llamando al 188 84 23 35 49 sin costo desde Estados Unidos (es necesario que tengas una cuenta activa con BBVA Bancomer).
Money Order Consulta como llenarlo.
Cheque Consulta como llenarlo.
*La cuenta deberá estar a nombre del titular del crédito.
Nota: Para los pagos con Money Order o Cheque, deberás tomar en cuenta el tiempo de envío, por lo que te sugerimos realizar tu pago del día 15 al 20 de cada mes, así, evitarás contratiempos.
-
¿Cómo tramito mi Adhesión al Programa de Apoyo Infonavit?
En que consiste:
Si ya tienes tu crédito Hipotecario lo puedes inscribir al programa de apoyo INFONAVIT, en el cual las aportaciones del 5% que realiza tu patrón se aplican al pago de tu crédito (pagos a capital), teniendo grandes beneficios.
Beneficios
Disminución del plazo o mensualidades vencidas del crédito según escritura.
Ahorro en el cobro de intereses.
En caso de perder tu empleo el saldo acumulado en la subcuenta de vivienda se aplica a las mensualidades del crédito y se interrumpe cuando recuperes tu relación laboral, aunque sigas teniendo saldo en la subcuenta.
Requisitos
Haber Formalizado el crédito a partir del 2002 (no aplica años anteriores).
Ser derechohabiente del Infonavit con relación laboral vigente.
No tener un crédito vigente del Infonavit.
Firmar convenio modificatorio ante Notario Público.
Firmar Carta de Instrucción Irrevocable 43BIS.
Que el crédito otorgado por el Banco haya sido destinado para comprar una casa nueva o usada.
Documentos Requeridos.
Copia del último testimonio Firmado.
Copia de Identificación Oficial.
Copia Predial al corriente.
-
¿Dónde se tramita?Debes acudir a la sucursal de BBVA Bancomer o Sucursal Hipotecaria (según sea tu crédito) al área de originación, para entregar los documentos y la carta de instrucción irrevocable.
-
¿Qué son las aportaciones patronales?Si eres empleado y cotizas al Infonavit, cada 2 meses la empresa para la que trabajas debe aportar a la Subcuenta de Vivienda el equivalente al 5% de sus ingresos bimestrales, es decir, si tus ingresos mensuales son de $15,000 pesos, tus ingresos bimestrales son de $30,000 pesos. El 5% de esta cantidad ($1,500 pesos) es aportada por tu empresa a dicha subcuenta.
-
¿Qué es la Subcuenta de Vivienda y por qué es una garantía contra pérdida de empleo?La Subcuenta de Vivienda forma parte de tu Afore, el cual es tu fondo para cuando llegue el momento de jubilarse. Si llegarás a perder el empleo, el saldo de dicha Subcuenta servirá para pagar la mensualidad de tu crédito, durante un tiempo determinado, mientras te reincorporas al mercado laboral.
-
¿Se puede utilizar el saldo de la Subcuenta para liquidar? ¿O como abono a capital del crédito?No, el saldo de la Subcuenta sólo servirá para realizar los pagos mensuales en caso de pérdida de empleo.
-
¿Puedo acceder a un crédito con Apoyo INFONAVIT, después de haber utilizado mi crédito INFONAVIT?Sí, siempre y cuando tenga por lo menos 6 bimestre de haber liquidado el crédito anterior.
-
¿Cómo tramito mi seguro de Vida e Invalidez?
En que consiste:
En caso de que llegaras a faltar tus beneficiarios podrán disfrutar de tu casa sin que esto represente una deuda para ellos, ya que este seguro pagará a BBVA Bancomer el saldo insoluto y no vencido del crédito.
Seguro de Fallecimiento:
En caso de fallecimiento de cualquiera de las personas aseguradas o de ocurrir invalidez total y permanente del titular acreditado o del cotitular (co-acreditado) el seguro cubre tu deuda al 100%.
Cobertura de Invalidez:
Esta cobertura incluye únicamente la incapacidad total y permanente del titular del crédito. La cobertura de invalidez expira al cumplir 65 años. El seguro no opera en caso de haber respondido afirmativamente alguna enfermedad del cuestionario médico.
Qué hacer en caso de Siniestro:
Marcar el número 1102 0015 agregando (0155) desde el interior de la república sin costo de larga distancia (55) desde celular del Centro de Atención Hipotecario, en donde le indicarán al cliente o familiar, los documentos a entregar en el Centro Especializado de Recuperación y servicio de su localidad. El crédito debe estar al corriente en el pago de sus mensualidades al momento del siniestro.
Mapa de Direcciones
Nota: Para los siniestros ocurridos antes del 6 de mayo de 2009 se cuenta con 2 años para efectuar la reclamación del seguro en fallecimiento e Invalidez, y para los fallecimientos después de esta fecha cuentan con 5 años. (Por ley se hace retroactivo a todos los créditos.)
Los documentos Básicos para este trámite son:
Para fallecimiento:
Carta de Reclamación por parte de los familiares con domicilio y teléfonos
Original Acta de Nacimiento del cliente
Original Acta de Defunción.
Original Acta de Matrimonio, en su caso.
Llenar y entregar los formatos de Declaraciones 1 y 2, proporcionados en el Centro Hipotecario de su localidad, en caso de muerte natural.
Acta del Ministerio Público, en caso de muerte por accidente.
Copia de Identificación Oficial del acreditado (IFE, Pasaporte Vigente, Cédula Profesional o Cartilla Militar).
Copia de Identificación Oficial de la persona que tramita acreditado (IFE, Pasaporte Vigente, Cédula Profesional o Cartilla Militar).
Copia del último recibo de pago.
Copia del contrato de apertura celebrado ante Notario.
Solicitud de Siniestro debidamente requisitada proporcionada en el Centro Hipotecario de su localidad
Para Invalidez Total y Permanente:
Carta de Reclamación suscrita por el titular, con domicilio y teléfonos.
Original Acta de Nacimiento.
Original Acta de Matrimonio, en su caso.
Dictamen de Invalidez expedido por el ISSSTE (RT09), IMSS (ST4) o Dictamen Médico particular que mencione la fecha de inicio de la Invalidez, la enfermedad que lo provocó, los datos del médico (Número de cédula profesional, domicilio y teléfono).
Copia de Identificación Oficial del acreditado (IFE, Pasaporte Vigente, Cédula Profesional o Cartilla Militar).
Copia del último recibo de pago.
Copia del contrato de apertura celebrado ante Notario.
Solicitud de Siniestro debidamente requisitada proporcionada en el Centro Hipotecario de su localidad.
Cuestionario Médico realizado al momento de la apertura del crédito.
-
¿Cómo tramito mi Seguro de desempleo?
Cobertura del Seguro de desempleo de Créditos Hipotecarios
Cubre 6 mensualidades del crédito en caso de la pérdida del empleo del Titular o Co-acreditado, con derecho a 2 reinstalaciones más, las cuales podrán aplicarse en caso de perder el empleo nuevamente, con la condición de haber laborado un año consecutivo previo a la reclamación, y dar aviso a la Aseguradora en el momento de obtener un nuevo empleo.
Que hacer en caso de siniestro:
Llamar al teléfono 1102 0000 agregando (0155) desde el interior de la república sin costo de larga distancia (55) desde celular para aviso y número de siniestro, en donde te indicarán los documentos y número de fax para envío de documentos.
Requisitos para tener derecho a este beneficio:
Estar al corriente en el pago de tus mensualidades.
Estar contratado por tiempo indeterminado o indefinido y a tiempo completo, durante un periodo de 12 meses continuos.
Antigüedad del crédito por lo menos de 180 días.
Haber perdido el empleo de forma involuntaria.
No aplica este Beneficio:
En contratos por honorarios, pensionado, jubilado, medio tiempo, por obra determinada, eventual, por trabajo a destajo, renuncia voluntaria, la pérdida del empleo justificada conforme al artículo 47 de la Ley Federal de Trabajo.
Documentos mínimos necesarios:
Carta solicitud del cliente, solicitando la aplicación de este seguro con firma y número de crédito.
Copia del contrato de trabajo celebrado con la empresa, por tiempo indeterminado y firmado por la empresa y el cliente.
Hoja de liquidación del crédito y/o copia de las 3 primeras hojas de la escritura motivo del crédito.
Carta motivo de despido expedida por la empresa, donde indique el periodo laborado, la causa de despido en hoja membretada y firmada.
Copia del finiquito expedido por la Empresa.
Copia del último estado de cuenta del crédito hipotecario.
Copia del último recibo de nómina expedido por la Empresa.
Alta y Baja ante el IMSS, ISSSTE o su similar.
Cualquier documento que apoye la reclamación.
-
¿Cómo tramito mi Seguro de Daños y Contenidos?
Cobertura para Daños Materiales al Inmueble:
Ampara el valor de los daños materiales causados directamente al inmueble, más sus accesorios detallados en el avalúo, excluyendo los cimientos y el valor del terreno. Cubre la propiedad en caso de incendio, rayo, terremoto, fenómenos hidrometeorológicos, erupción volcánica, extensión de cubierta, daños causados por explosión, granizo, huelgas, caída de árboles, caída de antenas parabólicas, antenas de radio no comerciales, humo, tizne y remoción de escombros.
Cobertura de Contenidos:
Opera hasta por el importe señalado en tu certificado y ampara los daños materiales que sufran los bienes muebles dentro del inmueble por los Riesgos antes mencionados. El pago del siniestro en ningún caso excederá a la suma asegurada contratada.
Cobertura de Responsabilidad Civil Familiar:
Cubre los daños materiales ocasionados a terceros en sus bienes y personas hasta por el monto estipulado en tu Certificado de Daños.
¿Qué hacer en caso de Siniestro de Seguro de Daños, Contenidos o Responsabilidad Civil?
Llamar al teléfono 1102 0000 agregando (0155) desde el interior de la república sin costo de larga distancia (55) desde celular para dar aviso y número de siniestro, en donde tomarán datos y enviarán al perito ajustador Profesional más cercano al lugar donde se presente el siniestro, el cual realizara la Determinación de la pérdida, aplicando los términos y condiciones de las Pólizas.
-
¿A quién se le entrega la indemnización en una reclamación?
Si el inmueble, sufre daños materiales parciales, se otorgará el monto de la indemnización al asegurado para cubrir dichos daños. Si el inmueble sufriera un daño material irreparable que ocasione una pérdida total, la Indemnización se le entregará a BBVA Bancomer S.A. hasta por el monto que se adeude y la diferencia si existiera se le entregará al asegurado.
Documentos mínimos indispensables:
Carta dirigida a la aseguradora reportando los daños causados por el siniestro
Presupuesto de reparación de los daños causados por el siniestro
Copia Certificada del Ministerio Público o por otra autoridad que hubiere intervenido en la investigación del siniestro cuando así aplique.
-
¿Dónde puedo solicitar mi estado de cuenta vigente?
1. Descarga de Internet
A través de este portal puedes obtener tu estado de cuenta del mes vigente de dos formas:
Si tienes una cuenta Bancomer puedes visualizar tu estado de cuenta del mes vigente vía Internet
Nota: Se requiere tener una cuenta de débito con Bancomer, la cual deberá estar a nombre del titular del Crédito Hipotecario. Si aún no estás registrado con tu cuenta puedes hacerlo, ingresando tu número de tarjeta y eligiendo la opción de registro que más te convenga
Si no tienes una cuenta Bancomer, puedes ingresar con tu número de crédito
Nota: Deberás tener a la mano RFC, Número de cliente el cual viene en tu estado de cuenta.
2. Envío a Domicilio
El estado de Cuenta se envía a tu domicilio mes con mes, si no lo recibieras puedes reportarlo vía Chat, correo electrónico o llamando al 1102 0015 agregando (0155) desde el interior de la república sin costo de larga distancia (55) desde celular. No olvides escribir en el E-mail tu nombre completo (y nombre del titular del crédito si tú no lo eres), Número de crédito, teléfono de contacto, RFC, Domicilio, y describir tu Problemática.
3. Sucursal
Acude a cualquier sucursal BBVA Bancomer donde te podrán proporcionar una copia de tu estado de cuenta.
-
¿Cómo puedo realizar el cambio de mi crédito de UDIS o VSM a pesos?
. Se solicitará documentación actualizada del cliente para el seguimiento puntual del crédito.
El monto mínimo del crédito deberá ser de $130,000 pesos y con pagador puntual de $270,000 pesos.
El nuevo crédito será otorgado en pesos, con tasa fija.
Los gastos de escrituración serán a cargo del cliente (aprox. Del 4% al 5% del total a cancelar que tiene el crédito).
El otorgamiento del crédito estará sujeto a autorización.
La vigencia del nuevo crédito estará sujeta a autorización.
El plazo del nuevo crédito será por 5, 10, 15, 20 años o el tiempo restante del crédito actual, siempre y cuando la suma del plazo del crédito màs la edad del acreditado no sea mayor de 75 años. La edad máxima del acreditado será de 64 años.
El pago de los seguros (vida, invalidez total y permanente, desempleo y daños), será a cargo del cliente.
Restricciones:
No aplica si firmaste un fidecomiso o tienes alguna reestructura.
No aplica si tienes programa de Apoyo INFONAVIT (a excepción que renuncies a dicho apoyo).
No aplica si tienes Cofinanciamiento.
El trámite no procederá, si la apertura de tu crédito fue de 2006 a la fecha, ya que no aplica para créditos nuevos.
-
¿Cómo liquidar mi crédito hipotecario anticipadamente?
Para poder liquidar tu crédito tendrás que hacer el depósito del saldo que te refleje tu estado de cuenta (en la 1er. Hoja en el recuadro donde dice Monto total para liquidar), o consultar a través de alguno de los medios de información.
Notas importantes:
Se podrá tomar el saldo del estado de cuenta si tu crédito se encuentra al corriente.
Si tu crédito está en UDIS y al corriente podrás tomar el saldo de monto total a liquidar y multiplicarlo por el valor de UDI del día que desees hacer la cancelación.
Si tu crédito está en UDIS, PESOS o VSM y tiene alguna mensualidad vencida, se tendrá que actualizar el saldo vía telefónica, para incluir el importe actual con gastos de cobranza (incluir el valor de UDI en el caso de los créditos en esta denominación).
Si la cancelación de tu crédito la haces en los primeros días hábiles del mes, aunque aún no esté facturada la siguiente mensualidad, también se tendrá que actualizar el saldo vía telefónica, ya que se deberán incluir los intereses ordinarios por el número de días transcurridos.
Medios para poder hacer el depósito
En efectivo, cheque Bancomer o de otra institución financiera (solicitar el convenio para el depósito) directamente en cualquier sucursal Bancomer.
A través de cuenta de débito Bancomer; por Internet, cajero automático, Centro de atención Hipotecario 1102 0015 Agregar (0155) desde el interior de la república sin costo de larga distancia (55) desde celular, o si está domiciliada comunicarse con un asesor hipotecario para el cargo.
-
¿Cómo puedo hacer anticipos a capital?
El crédito debe estar al corriente.
¿En qué fecha puedo realizar un anticipo a capital?
Podrás hacerlo el día que desees, sólo que, si en esa fecha existe alguna mensualidad vigente o vencida, primero se tendrá que cubrir dicho importe para después hacer el anticipo a capital (puede ser el mismo día).
¿De qué cantidad puedo hacer el anticipo?
Podrá ser por cualquier monto, desde $1.00 hasta por el saldo total de la deuda.
Medio de pago:
Cuenta Domiciliada:
Una vez que tengas el saldo en tu cuenta domiciliada que deseas abonar a capital, deberás llamarnos para que uno de nuestros asesores te haga el cargo a la cuenta. Si para esa fecha ya existiera alguna mensualidad facturada, se deberá cobrar esa mensualidad y el resto (la cantidad que tú decidas) se abonará a capital.
Pago por ventanilla:
Aplica de la misma manera, si existe alguna mensualidad por cubrir (vigente o vencida), primero deberás pagar dicho importe para poder hacer el anticipo.
Forma de aplicación del anticipo a capital:
Todo pago que hagas adicional a tu pago mínimo o pago mensual, invariablemente será aplicado a capital, es decir, a reducir tu Saldo Insoluto o tu deuda.
Aparte de este beneficio, tu anticipo podrá tener dos tipos de aplicación:
1.Anticipo a capital con reducción de plazo de crédito:
Esto significa terminar de pagar antes de la fecha contratada, tu pago mensual posterior a tu pago a capital será de la misma cantidad (a menos que el crédito tenga incrementos por contrato), sólo que ahora los intereses irán disminuyendo e irá aumentando la parte que pagas de capital.
2.Anticipo a capital con reducción de mensualidad:
Esto quiere decir que tus siguientes mensualidades podrán ser más bajas a la que actualmente estás pagando, estarás conservando el mismo plazo y tus amortizaciones serán menores, el saldo va bajando más lento para llegar a la fecha de vencimiento establecida.
Las dos opciones anteriores serán en la proporción que corresponda al anticipo a capital aplicado.
Nota: Para casos específicos algunos créditos según sus características estipuladas en la escritura, no es posible aplicar ambas opciones.
Recomendación:
Si el anticipo lo vas a realizar por ventanilla de sucursal verifica si tiene las dos opciones de aplicación: reducción de plazo o mensualidad, inmediatamente comunicarse al 1102 0015 agregando (0155) desde el interior de la república sin costo de larga distancia (55) desde celular, para confirmar su aplicación (esto tendrá que ser antes de las 16:00 horas tiempo del centro).
-
¿Ya terminé de pagar mi crédito y ahora qué debo hacer?
El siguiente paso es liberar de gravamen tu propiedad, para eso debes seguir 3 sencillos pasos:
1.Elegir un Notario ya que es la única persona facultada para poder realizar este trámite. Te recomendamos elegir un Notario que pertenezca a nuestro padrón.
2.Inicia el trámite para la carta de liberación llamando al Centro de Atención Hipotecario 1102 0015 Agregar (0155) desde el interior de la república sin costo de larga distancia (55) desde celular, en donde uno de nuestros asesores te ayudará con la solicitud y dará seguimiento a tu trámite, hasta la entrega de la carta.
Requisitos:
Carta en la que indiques el nombre, teléfono, responsable de la notaría y número de Notario con quien deseas liberar tu carta
Último contrato firmado con el banco
Certificado de gravamen (si aplica)
3.Recoge tu carta: este documento se le hará llegar a alguno de nuestros centros especializados de recuperación.
Nota: Una vez recibida la documentación completa y correcta, la carta se emitirá en 10 días hábiles.
-
¿Qué es un certificado de Gravamen?
Es un documento que emite el Registro Público de la Propiedad, donde resume el detalle de la(s) escritura(s) de gravamen con la institución Financiera, en algunos casos informa todas las posibles escrituras de la propiedad existentes, compra-venta, Contratos de Garantías Hipotecarias (adquisiciones de Vivienda), herencias, poderes amplios, cesiones, etc.
Los datos indispensables que debe contener el certificado para que se pueda elaborar la carta de liberación son:
Nombre del Deudor y Acreedor
Domicilio inmueble hipotecado
Número de escritura
Lugar y Fecha de formalización
Nombre y Número de Notario
Tipo de crédito contratado
Datos de inscripción
Lugar de gravamen
Nota: Los trámites notariales tardan aproximadamente 3 meses, incluyendo las gestiones ante el Registro Público de la Propiedad, pero pueden variar de una localidad a otra.
-
¿Qué es una Aclaración y cómo la presento?
Una Aclaración es la solicitud para resolver una inconsistencia o incumplimiento de las condiciones contratadas en tu Crédito Hipotecario.
La puedes solicitar a través de los siguientes medios:
Chat Hipotecario
Correo electrónico: hipotecariabancomer@mailbancomer.com
Centro de Atención Hipotecario: 1102 0015 Agregar (0155) desde el interior de la república sin costo de larga distancia (55) desde celular
Horarios de atención:
Lunes a viernes de 8:00 a 21: 00 hrs., sábados y domingos de 8:00 a 15:30 hrs.
Requisitos:
Ser el titular o cotitular del crédito
Tener a la mano tu número de crédito para exponer la situación
Una vez recibida tu aclaración, se te otorgará un folio de atención que deberás conservar durante todo el proceso. En caso de ser necesario, el asesor te solicitará documentación que deberás enviar por correo electrónico.
El plazo para atender la aclaración inicia a partir de la correcta recepción de los documentos.
-
¿Puedo contratar un crédito junto con algún familiar o amigo?
Puedes aumentar tu capacidad de pago al contratar en conjunto con un familiar en primer grado (cónyuge, concubina o concubinario, padre, madre o hijos).
No aplica con amigos o familiares en segundo grado.
-
¿Qué gastos deben considerarse antes de adquirir un crédito hipotecario?
Se deben considerar al menos:
- Pago de enganche de la vivienda
- gastos notariales
- gastos de investigación
- avalúo
Aunque estos son los más comunes, existen otros gastos que deben considerarse; para más información sobre gastos y comisiones, consulta el folleto informativo disponible en www.bancomer.com
-
¿Este crédito sirve para cualquier tipo de vivienda?
Con este crédito hipotecario de BBVA Bancomer puedes adquirir una vivienda nueva o usada con uso de suelo habitacional y servicios urbanos, como electricidad, drenaje y agua potable.
Sin embargo, no puedes adquirir inmuebles con origen jurídico particular, como:
- aquellos que estén en litigio
- provengan de inmaculación administrativa o judicial
- tengan origen ejidel o prescripción positiva
Para más información consulta el folleto informativo disponible en www.bancomer.com
-
¿Tengo algún beneficio fiscal al contratar este crédito?
Según las leyes fiscales actuales, los intereses reales generados por el crédito hipotecario durante el año, pueden ser deducidos en tu declaración anual de ingresos.
Para saber más detalles, lo mejor es que te asesores con un especialistas.
-
¿Necesito justificar en qué utilizaré el crédito?
No; puedes utilizar el crédito en lo que necesites, como pagar deudas, financiar un proyecto o negocio, entre otros; es importante mencionar que se paga IVA por los intereses reales del crédito.
-
¿Los intereses de este crédito son deducibles de impuestos?No; en este crédito los intereses reales no son deducibles. Al contrario, tienes que pagar IVA sobre los intereses y comisiones.
-
¿Cuáles son los gastos iniciales que deben considerarse antes de adquirir este crédito hipotecario?
Se deben considerar al menos:
- pago de enganche de la vivienda
- gastos notariales
- gastos de investigación
- avalúo
Aunque estos son los más comunes, existen otros gastos que deben considerarse; para más información sobre gastos y comisiones, consulta el folleto informativo disponible en www.bancomer.com
-
¿Debo tener un proyecto de remodelación?Sí; al momento de solicitar este crédito ya debes de tener un programa de obra, donde se proyecte la remodelación, ampliación o mejora que realizarás en tu inmueble.
-
¿Mi casa queda con gravamen?Sí; la propiedad, junto con las construcciones y mejoras que lleves a cabo, quedarán como garantía hasta que liquides la totalidad del crédito.
-
¿Hasta qué porcentaje de mi proyecto de remodelación puede ser financiado por el banco?Puede financiarse hasta el 40% del costo de tu inmueble.
-
¿Cuáles son los beneficios de adquirir este crédito?Puedes incrementar el valor y condiciones de tu vivienda.
-
¿Cómo puedo comenzar mi trámite?Puedes comenzar tu trámite presentando, en cualquier sucursal BBVA Bancomer, el último estado de cuenta de tu crédito actual o una Carta de Instrucción de Cancelación de Hipoteca, condicionada al pago que te expida la otra Institución.
-
¿Cuáles son los beneficios de adquirir este crédito?Puedes mejorar las condiciones de tu crédito actual contratando con otra institución financiera, conservando el beneficio fiscal de poder deducir los intereses reales de tu declaración de ingresos si tu crédito anterior due destinado a la adquisición de casa habitación o para la remodelación o ampliación de tu vivienda.
-
¿Puedo cambiar mi crédito a pesos?
Sí; puedes cambiar tu crédito hipotecario, en UDI (Unidades de Inversión) y VSM, a pesos.
Si necesitas más información, visita alguna sucursal BBVA Bancomer.
-
¿Tengo que considerar gastos iniciales?
Sí; tienes que contemplar gastos de investigación, gastos por realización de avalúo bancario y gastos notariales.
Si necesitas consultar los gastos y comisiones al contratar un crédito hipotecario, visita www.bancomer.com, o entra aquí.
-
¿El terreno o lote que adquiera debe ser utilizado para construcción de vivienda?Sí, debe tener uso de suelo habitacional y ser utilizado para la construcción de vivienda.
-
¿También puedo utilizar el crédito para construir en el terreno?No; este crédito solo puede ser usado para la adquisición del terreno.
-
¿Aplica para todos los estados de la República?Sí; siempre y cuando el terreno cumpla con los requisitos mencionados.
Si necesitas más información, consulta aquí el folleto informativo disponible.